SOLICITUD DE SUBVENCIÓN CONCURRENCIA COMPETITIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA A AYUNTAMIENTOS

¿Quién puede realizar el trámite?

Podrán obtener la condición de beneficiaria de cada una de las subvenciones que se convocan los municipios de la provincia de Cádiz. Según lo recogido en el punto 7 de la Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos de la provincia de Cádiz para la realización de procesos participativos para el ejercicio 2024.

 

Nombre

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos de la provincia de Cádiz para la realización de procesos participativos para el ejercicio 2024.

 

Descripción

Este trámite es para solicitar subvenciones destinadas a procesos de Participación Ciudadana realizados por municipios de la provincia de Cádiz que se desarrollen a lo largo del año 2024.

Área, Servicio u Organismo destinatario

Servicio de Participación Ciudadana del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, que las recepciona y realiza el trámite oportuno.

Objeto y finalidad

El objeto y finalidad de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a proyectos realizados por Ayuntamientos que se desarrollen a lo largo del ano 2024 y que tengan como finalidad el fomento de una cultura de participación y el desarrollo efectivo de la Participación Ciudadana, contribuyendo a conseguir el objetivo de desarrollo sostenible 16.7, de la Agenda 2030 de Naciones Unidas. Las subvenciones que se concedan deberán emplearse exclusivamente en la realización de estos proyectos

Cuantía máxima de la Convocatoria

La cuantía máxima con la que se dota la presente convocatoria de subvenciones es de treinta mil Euros (45.000 €) Los proyectos presentados podrán recibir ayudas como máximo de 4.500 €.

Plazo de ejecución y justificación de los proyectos

Se admitirá un solo proyecto por entidad solicitante, realizado entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

Normativa Reguladora

  ¿ Ley 38/2003, General de Subvenciones.

  ¿ Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

  ¿ Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  ¿ Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  ¿ Al generarse obligaciones de contenido económico, también serán de aplicación el régimen general de los procedimientos de gestión, ejecución y control del gasto público establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el R.D. 500/1990, de 20 de abril, y las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación.

  ¿ Ordenanza General de Subvenciones de la Entidad Provincial citada, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 140 de 18 de junio de 2004 y modificación publicada en Boletín Oficial de la Provincia nº 30 de 14 de Febrero de 2006.

  ¿ Bases de Ejecución del Presupuesto 2024.

  ¿ Convocatoria de la citada subvención.

Vigencia

El presente trámite estará vigente durante los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. 

Tipo de Presentación

Este trámite se realizará a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz haciendo uso de certificado digital.

Ficha de terceros 

En el caso de que no se encuentre dado de alta en el Registro de Proveedores de la Diputación Provincial de Cádiz, o precise actualizar sus datos bancarios o económicos, deberá cumplimentar el trámite ¿Actualización de Proveedores en Registro Contable de Facturas-Ficha de Terceros¿ en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz. Enlace: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles

Ayuda

Sobre información general de uso de la Sede Electrónica:

https://www.dipucadiz.es/sociedad_de_la_informacion/administracion-electronica/Sedes-Electronicas-de-Diputacion

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