IEDT - RECLAMACIONES, QUEJAS Y SUGERENCIAS

¿Quién puede realizar el trámite?

Ciudadanía, entidades locales, empresas y profesionales.

Nombre

Reclamaciones, Quejas y Sugerencias al Instituto de Empleo y Desarrollo Socieconómico y Tecnológico de la Diputación de Cádiz.

Descripción

Este trámite está destinado a la comunicación de cualquier sugerencia, reclamación o queja sobre el funcionamiento de los servicios prestados por el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación de Cádiz (IEDT).

Son quejas o reclamaciones, la exposición de una incidencia, durante la prestación de un servicio por parte del IEDT, que produce en la persona que reclama la percepción de ineficacia o actuación inadecuada y requiere una respuesta.

Son sugerencias, las manifestaciones o declaraciones de un ciudadano o ciudadana en la que se transmite una idea con la que se pretende mejorar los servicios que presta el IEDT o alguno de sus procesos o bien solicita la inclusión de la prestación de un servicio no previsto o no ofrecido.

La presentación y tramitación de una queja, reclamación o sugerencia no tendrá el carácter de recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente que resulte de aplicación. Del mismo modo, la presentación de una queja , reclamación o sugerencia, no supone, en modo alguno, la renuncia al ejercicio de otros derechos o acciones que pueda ejercer el ciudadano o ciudadana que lo presenta.

En el caso de cuestiones que tengan que ver con un acto administrativo (solicitud, denuncia, recurso, etc.) y al objeto de la salvaguarda de los intereses jurídicos-administrativos de la ciudadanía deberá de cursarse a través del procedimiento concreto. En caso de no existir dicho trámite específico, se puede impulsar a través del trámite denominado "Formulario de propósito general".

Las quejas, reclamaciones y sugerencias, serán registradas y tenidas en cuenta por el IEDT para mejorar la calidad en la prestación de sus servicios y adaptarlos a las necesidades de la ciudadanía.

Área, Servicio u Organismo que recepciona el trámite.

El trámite se recepciona en el Registro General del IEDT, y en función de la materia se distribuye al Servicio competente que emitirá informe al respecto.

El IEDT dará una respuesta por escrito a la persona que formuló la queja o sugerencia en el plazo máximo de 20 días hábiles.

Normativa Reguladora

  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicos.
  • Ley 40/2015 Régimen Jurídico del Sector Público
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Vigencia

Permanente.

Tipo de presentación

Este trámite podrá realizarse de manera presencial en el Registro General, o de manera electrónica ante el Registro Electrónico Común haciendo uso de un certificado digital o DNI electrónico.

Tiempo de respuesta

20 días hábiles.