OFERTA PÚBLICA DE ADHESIÓN AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

¿Quién puede realizar el trámite?

Las empresas y profesionales podrán presentar su solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

Características generales del trámite:

Para adherirse al Sistema, las empresas o profesionales podrán formular una oferta unilateral de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo que tendrá carácter público y donde se expresarán, entre otros aspectos:

Si se opta por que el arbitraje se resuelva en derecho (los órganos arbitrales resuelven la controversia aplicando el ordenamiento jurídico vigente) o en equidad (los órganos arbitrales son conocedores del sector en el que se ha producido el conflicto y lo resuelven tras examinarlo con detenimiento y aplicar sus conocimientos técnicos con justicia).

Si se acepta la mediación previa al conocimiento del asunto por los órganos arbitrales.

En su caso, el plazo de validez de la oferta.

En el caso de no constar los extremos anteriores, la oferta se entenderá realizada en equidad, con aceptación de la mediación previa y por tiempo indefinido. La oferta pública de adhesión será única y se entenderá realizada a todo el Sistema Arbitral de Consumo.

Plazos:

Plazo de presentación de la oferta:

No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte de la persona interesada.

Plazo de resolución del trámite:

Al no existir un plazo específico de resolución, el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la oferta haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.

Efectos del silencio adminstrativo:

No procede.

Área, Servicio u Organismo que atiende el trámite

Junta Arbitral Provincial de Consumo de Cádiz.

Normativa Reguladora:

  • Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Vigencia de la oferta:

Mínimo un año.

Indefinido (por defecto).

Tipo de Presentación:

Este trámite podrá realizarse:

Para las empresas forma telemática o electrónica ante el Registro Electrónico Común de la Diputación de Cádiz o del propio Organismo al que se dirige, en la siguiente dirección https://sede.dipucadiz.es/inicio o el de cualquier otra Administración u Organismo de los que prevé la normativa vigente.

La forma telemática o electrónica requiere poseer certificado electrónico reconocido o DNI electrónico.

Los profesionales no obligados a relación electrónica, podrán elegir entre la forma presencial, (en las oficinas de asistencia en materia de registros en la Diputación de Cádiz o la de cualquier Administración u Organismo público, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro según disponga la normativa vigente) o la forma telemática o electrónica ante el Registro Electrónico Común de la Diputación de Cádiz o del propio Organismo al que se dirige, en la siguiente dirección https://sede.dipucadiz.es/inicio o el de cualquier otra Administración u Organismo de los que prevé la normativa vigente.

Costes:

No tiene tasas o impuestos asociados.